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La reforma tiene como propósito establecer la obligatoriedad de observar el principio de paridad de género en la integración de los Poderes de la Unión, y los respectivos de los estados y la Ciudad de México -entiéndase Poder Ejecutivo, Legislativo y  Judicial-, así como en los órganos autónomos.

Asimismo, fomentar el principio de paridad en los partidos políticos, postulando candidaturas en forma paritaria de acuerdo con las reglas que marque la ley electoral, garantizando la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ejercicio del Poder público.

La modificación constitucional, también incluye el principio de paridad de género en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.

En el mismo sentido, respecto de los órganos autónomos y de cualquier dependencia, entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad en el ámbito de la Federación, las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, sus autoridades, deberán ser electas, nombradas o designadas, según corresponda, respetando el principio de paridad de género.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, senador Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, agradeció la participación de cada uno de los integrantes de las comisiones unidas por la aprobación de la reforma constitucional, toda vez que el tema de la paridad de género es la de garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ejercicio de los cargos públicos.

Al respecto, la senadora Martha Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión Para la Igualdad de Género, dijo que hoy es un día histórico para las mujeres en el país y para el acceso del ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.  

La senadora Kenia López Rabadán puntualizó que la paridad en el Poder, en México, hoy se va a igualar entre mujeres y hombres.

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva para los trámites conducentes