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El Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) de la Cámara de Diputados destaca que asegurar la equidad tributaria con mejoras en el sistema fiscal para atraer a nuevos contribuyentes, permitirá incrementar las expectativas y la competencia.

En el documento “Simplificación tributaria para usuarios de plataformas de servicios de transporte y entrega de alimentos”, el CEFP detalla que estas nuevas formas de comercio no se encuentran bien definidas en la regulación fiscal vigente, por lo que las acciones comunes para su tributación son poco efectivas y suele dificultar el cumplimiento de los contribuyentes.

Resalta que en busca de cumplir la meta de equidad en el sistema tributario, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el SAT establecieron un programa de colaboración con las principales plataformas que ofrecen servicios de transporte urbano y entrega de alimentos a domicilio, pues a pesar de que existe voluntad explícita para el pago de impuestos, a través de pagos voluntarios a los principales regímenes fiscales, éstos no se materializan de forma efectiva.

Precisa que, a pesar de la colaboración de diversas plataformas en el pago de impuestos, existen aún oferentes de servicio tecnológicos que no presentan desembolsos voluntarios.

Menciona que optimizar la fiscalización del comercio electrónico sería un paso importante para asegurar la equidad en el cumplimiento de la ley, al tiempo que se respetaría el acuerdo de no crear impuestos, ni incrementar las tasas impositivas y garantizaría mejor y mayor justicia en la captación de recursos.

En el documento, el CEFP detalla que las medidas tomadas formalizan el cumplimiento de los contribuyentes y facilitan la fiscalización al Servicio de Administración Tributaria (SAT), toda vez que el patrón retendrá el impuesto al contribuyente y lo enterará a la autoridad hacendaria.

No obstante, abunda, esto es apenas el primer paso hacia el logro de la equidad, en la búsqueda de las formas idóneas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las personas físicas y morales que desarrollan actividades económicas en el país.

Establece que los avances tecnológicos y nuevos sistemas de organización comercial y empresarial han modificado las formas de entrega de bienes y servicios, adquiridos por los consumidores. Hoy su enajenación puede ocurrir mediante el uso de esquemas virtuales, que abstraen o simplifican el consumo, o hacen más expedita su entrega.

El Centro resalta que es una situación novedosa que ha obligado a los países a buscar las regulaciones, mecanismos e instrumentos adecuados para efectuar, de manera justa y equitativa, la imposición en este tipo de actividades económicas, en correspondencia con la tributación al resto de las transacciones realizadas de forma tradicional.

Antes del mencionado acuerdo, la forma de facturación y el pago de impuestos era compleja, dada la inexistencia de este concepto de comercio en la reglamentación fiscal vigente, por lo que se formalizó un acuerdo que permite fiscalizarlos sin la creación o incremento de impuestos.

Para ello, el SAT emitió un acuerdo en el cual se considera que las personas morales residentes en México o en el extranjero, con o sin establecimiento permanente en el país, que proporcionen el uso de plataformas tecnológicas a personas físicas, a fin de prestar de manera independiente el servicio de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de alimentos preparados, podrán efectuar la retención mensual del concepto de ISR e IVA. De igual manera, se proporcionará a cada persona física un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por el monto total del servicio.