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La censura de los inocentes

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En una desesperada gira de medios para negar que la llamada “Ley Censura” contenida en nueva Ley Federal de Telecomunicaciones no es una Ley Censura, el jefe de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, José Peña Merino, se contradijo en el mismo grupo radial -Radio Fórmula- con el senador neomorenista Javier Corral: uno dijo que la iniciativa de ley “no se modificó ni una coma en su aprobación (ante Joaquín López Dóriga), y el otro que la oposición partidista no reconoce los cambios hechos a la ley (ante José Cárdenas); pero el articulo 10 de la nueva legislación, fracción XXXII, establece los parámetros de la ley censura.

Dice, a la letra, que a la nueva Comisión de Regulación de Telecomunicaciones le corresponde «Imponer sanciones por infracciones a las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas; o por incumplimiento a lo dispuesto en las concesiones, autorizaciones y títulos habilitantes o a las resoluciones, medidas, lineamientos o disposiciones emitidas por la Comisión; dictar medidas precautorias y declarar, en su caso, la pérdida de bienes, instalaciones y equipos en beneficio de la Nación”

¿Así o más claro?

Como aún no queda, habrá que recordar el artículo 208 fracción IV, que reza que de las atribuciones del nuevo organismo está “ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones II y III, previo apercibimiento”.

En anteriores leyes de telecom no se estableció nada parecido de sanciones.

Lo que se estableció en las legislaturas del régimen: “Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones II y III, previo apercibimiento

Para curarse en salud, el gobierno federal señala que las sanciones serán “Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones II y III, previo apercibimiento”.

Creo ya quedó claro: a través de la “defensa de las audiencias” conforme marquen los grupos de reacción digital oficiales (como las de Jesús Ramírez Cuevas) y lo que requiere en difusión el indefenso gobierno federal, la Ley Censura podrá actuar a simuladamente “favor” de los “sin opinión”, de comunidades indígenas o de preferencias sexuales no consideradas por las emisoras de radio y televisión… y lo podrá hacer Peña Merino y Javier Corran por que no existe en su Ley un solo parámetro para definir qué significa una violación a la ley, pero se reservan toda la manga ancha para acusar a la ciudadanía de tomar una decisión libren.

Los artículos subsiguientes -215 al 2019 e incluyendo los 78 a 80- sugieren mecanismos propios de cooptación política a lo que defina la autoridad centra.

¡Vaya, la 4T parece arribar a su sueño de control político!

Las transas del Metanol

La Planta de Metanol, más grande del mundo enfocada hacía en Topolobampo, Sinaloa, podría esconder obscuros secretos.

Y es que ll Municipio de Ahome será la sede de “Pacífico Mexinol”, un proyecto energético para la producción de metanol mediante el aprovechamiento de aguas residuales. Con una inversión anunciada de 3,300 millones de dólares, pretende ser el desarrollo más ambicioso en su tipo a nivel mundial.

La firma Transition Industries encargada del proyecto “Pacífico Mexinol”, trabaja en conjunto con la Corporación Financiera Internacional (IFC), padece tal desacuerdo.

Y es que fuentes sospechan podrían existir actos fraudulentos en la obtención de los terrenos en los que se pretende instalar las tuberías por las que se trasladaría el metanol producido en la planta.

Este asunto es de los tantos que impacta “Al Hecho en México” que lleva Altagracia Gómez.

farmacéutico mexicano.

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