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Con 81 votos a favor y 41 en contra, la Cámara de Senadores aprobó en lo general el dictamen que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de definir las reglas para la elección de jueces, ministros y magistrados, por el voto libre, directo y secreto de las y los ciudadanos.

En este ordenamiento, se precisa que la elección ordinaria de las personas que integran el Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales de las entidades federativas, se llevará a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda de manera concurrente con los procesos electorales en que se renueve cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Cabe recordar que el primer domingo de junio de 2025 se llevará a cabo una jornada electoral para elegir la totalidad de los cargos de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas vacantes de la Sala Superior, la totalidad de las y los magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como a los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.

Para el caso de las y los magistrados de circuito, juezas y jueces de distrito, la elección será escalonada, la mitad de los cargos correspondientes a cada circuito judicial en 2025 y la otra parte en la elección federal de 2027.

De acuerdo con los artículos transitorios del dictamen que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para el proceso electoral de 2025, el Senado de la República emitirá la convocatoria general dirigida a los Poderes de la Unión para integrar el listado de candidaturas a más tardar el próximo 16 de octubre.

Los Poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, instalarán sus respectivos comités de evaluación para verificar que las y los aspirantes reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad, a más tardar el 31 de octubre de este año; y tienen hasta el 4 de noviembre para publicar las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones.

El plazo para que las personas interesadas se inscriban en las convocatorias emitidas por los comités de evaluación comprenderá del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024; y a más tardar el 31 de enero de 2025, dichas instancias calificarán la idoneidad de las personas elegibles.

Los comités de evaluación seleccionarán los perfiles mejor evaluados para cada cargo y remitirán los listados correspondientes a la autoridad que represente a cada Poder de la Unión, mismos que determinarán su conformidad en un plazo que comprende hasta el 4 de febrero del siguiente año.

Las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales incluyen una disposición para que los partidos políticos y las personas servidoras públicas no puedan realizar ningún acto de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales, las personas candidatas a cargos de elección del Poder Judicial de la Federación podrán difundir su trayectoria profesional, méritos y visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia.

Además, se prohíbe el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con este proceso, así como la contratación de tiempos de radio y televisión para la promoción de las y los candidatos, de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales.

Al fijar la postura de Morena, la senadora Olga Patricia Sosa Ruíz aseguró que las reformas al Poder Judicial tienen “un significado histórico”, porque “ponen fin a una era de injusticias y de complicidad en la protección de intereses económicos”, e inicia un proceso de construcción, para garantizar una justicia independiente y cercana a la realidad de las personas.

Michel González Márquez subrayó que Acción Nacional está de acuerdo con reformar el Poder Judicial, pero no con la reciente enmienda constitucional en la materia, ni con sus leyes secundarias, porque representan “un acto de venganza hacia un poder que no se sometió y no se arrodilló”.

Karla Guadalupe Toledo Zamora dijo que el Grupo Parlamentario del PRI está en contra de las leyes secundarias por carecer de fundamentos sólidos y de un análisis profundo sobre sus implicaciones, además de que la elección de jueces por el voto popular no sólo es inconstitucional, sino que desconoce la necesidad de conservar la imparcialidad del Poder Judicial.

El senador Luis Alfonso Silva Romo, del PVEM, destacó que, con estas reformas a la legislación electoral, se construyen los medios para que la ciudadanía cuente con un mecanismo ágil y eficiente, que les permitirá acudir a las urnas en junio de 2025, y puedan elegir por primera vez y de manera directa a los juzgadores del país.

En tanto, Ana Karen Hernández Aceves, del PT, manifestó que es tiempo de que la democracia llegue al Poder Judicial y éste “se ponga al servicio del pueblo y no de las oligarquías”. Apuntó que, el permitir que sus titulares sean electos por la ciudadanía, le brindará una “digna soberanía republicana y una independencia plena entre poderes”.

Luis Donaldo Colosio Riojas, de Movimiento Ciudadano, señaló que el proceso legislativo presenta irregularidades, porque la Constitución dispone que las leyes electorales locales y federales deben publicarse al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral, por lo que no puede iniciarse hasta que las reglas estén definidas; sin embargo, “ya hasta estamos convocados este fin de semana a la insaculación de las candidaturas”.

Luego de la discusión a favor y en contra de los cambios, así como de la aprobación del dictamen en lo general, las y los senadores pasaron a la presentación de reservas para modificar diversos artículos del proyecto.